Tribunal Superior de Delhi: el reconocimiento de WhatsApp de un laudo arbitral impide un impugnación tardía

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Resumen

  • El Tribunal Superior de Delhi desestimó una petición del artículo 34 contra un laudo arbitral.
  • El tribunal consideró que el reconocimiento y la actuación sobre el laudo por WhatsApp excluyeron una impugnación tardía.
  • La petición estaba fuera de plazo, ya que el reclamante tuvo pleno conocimiento y participó en discusiones para ejecutar el laudo.
  • El tribunal subrayó la fuerza vinculante de los laudos arbitrales aceptados de forma mutua, salvo fraude o coerción.

Resumen

El Tribunal Superior de Delhi resolvió que quien reconoce la recepción de un laudo arbitral por WhatsApp y toma medidas para implementarlo no puede, después, impugnar el laudo alegando la falta de recepción de una copia firmada. La decisión surgió de un arbitraje de bienes familiares, en el que el peticionario pretendió dejar sin efecto un laudo provisional mucho después de actuar conforme a sus términos.

Qué pasó

Vinay Mawandia presentó una petición para dejar sin efecto un laudo arbitral provisional relacionado con una controversia sobre bienes familiares, invocando el artículo 34 de la Ley de Arbitraje y Conciliación de 1996.

Los demandados, sus hermanos, sostuvieron que la petición estaba impedida por el límite de tiempo, ya que Vinay había reconocido la recepción del laudo por WhatsApp y había participado en su implementación.

El tribunal concluyó que Vinay envió una respuesta de "Noted thanks" en un grupo de WhatsApp donde se compartió el laudo y, posteriormente, participó en conversaciones sobre la ejecución del laudo.

El tribunal desestimó la alegación de que no se recibió la copia formal firmada y sostuvo que la petición estaba prescrita en el tiempo, al considerar que el reconocimiento y las actuaciones evidenciaban la aceptación del laudo.

Contexto

La controversia se refería a la división de propiedades entre los hermanos Mawandia, que antes eran socios comerciales, quienes celebraron un Memorándum de Entendimiento y, tras nuevos desacuerdos, un acuerdo de arbitraje.

En noviembre de 2021 el tribunal arbitral dictó un laudo provisional. Vinay Mawandia presentó el planteamiento impugnatorio en 2024, después de haberse iniciado actuaciones de ejecución, planteando cuestiones sobre la limitación y la notificación del laudo.

Por qué importa

  • La decisión aclara que el reconocimiento y la actuación respecto de un laudo arbitral mediante comunicación digital, como WhatsApp, puede equivaler a una recepción formal y aceptación, lo que incide en los plazos para impugnar el laudo conforme al derecho indio de arbitraje.
  • Reafirma la fuerza de los laudos arbitrales consensuales y la importancia de formular objeciones oportunas si una parte desea impugnar un laudo.

Fuentes

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