El Tribunal Constitucional español declara firme una parte del laudo arbitral en el conflicto HIG vs Fergus Hotels

Las historias se agrupan entre idiomas, se reescriben en un formato editorial fijo y se enlazan a las fuentes originales. Cómo informamos.

Resumen

  • El Tribunal Constitucional español declaró firme una parte del laudo arbitral en la disputa entre HIG y Fergus Hotels.
  • La decisión impide al TSJ de Madrid volver a examinar esa misma parte del laudo.
  • Es la primera vez que el Tribunal Constitucional declara expresamente como firme un segmento de un laudo arbitral controvertido.
  • El conflicto se originó en un acuerdo de empresa conjunta fallido y en reclamaciones posteriores por daños y perjuicios.

Resumen

El 23 de junio de 2026, el Tribunal Constitucional español dictó una resolución en la que declaraba la firmeza de un segmento de un laudo arbitral en el litigio entre el fondo de inversión HIG y la cadena hotelera Fergus Hotels.

El Pleno del Tribunal anuló una resolución previa del TSJ de Madrid que había anulado parcialmente el laudo arbitral por una supuesta vulneración del orden público, y bloqueó al tribunal madrileño para volver a examinar el asunto.

La controversia derivó de una empresa conjunta fallida sobre Tent Hotels, con reclamaciones por incumplimiento contractual y daños y perjuicios consecuenciales.

Qué pasó

HIG y Fergus Hotels suscribieron un acuerdo de empresa conjunta antes de la pandemia de COVID-19 para explotar Tent Hotels.

Tras la llegada de la pandemia, HIG dio por terminada unilateralmente el contrato, alegando el incumplimiento de condiciones de financiación y circunstancias sobrevenidas derivadas de la COVID-19.

Fergus Hotels inició el arbitraje en el Centro Internacional de Arbitraje de Madrid (CIAM).

El tribunal arbitral concluyó que HIG incumplió el contrato de mala fe y ordenó a HIG pagar daños y costas, pero desestimó la pretensión de Fergus Hotels de 31,5 millones de euros por lucro cesante.

Fergus Hotels pidió la anulación parcial del laudo ante el TSJ de Madrid, alegando que el tribunal arbitral no había considerado pruebas clave y que, por ello, se había vulnerado el orden público.

Por mayoría, el TSJ de Madrid anuló el segmento del laudo que desestimaba el lucro cesante, al considerar que la motivación de los árbitros era insuficiente y que existían preocupaciones de carácter procedimental.

HIG recurrió al Tribunal Constitucional mediante un procedimiento de amparo.

El Tribunal anuló la decisión del TSJ de Madrid y, por primera vez, declaró de forma directa la firmeza de la parte controvertida del laudo arbitral, impidiendo que el tribunal inferior reexaminara la cuestión o dictara una nueva resolución.

Contexto

En los últimos años, el Tribunal Constitucional español ha intervenido con frecuencia para definir los límites del control judicial sobre los laudos arbitrales, con el objetivo de proteger el procedimiento arbitral frente a una supervisión excesiva por parte de los tribunales ordinarios.

Las actuaciones anteriores de los tribunales solían consistir en revocar decisiones del TSJ de Madrid que habían anulado total o parcialmente laudos arbitrales, pero normalmente requerían actuaciones adicionales ante el TSJ de Madrid.

En este caso, el Tribunal Constitucional declaró en cambio la firmeza sobre el segmento controvertido, evitando un control judicial adicional.

Por qué importa

  • Es la primera vez que el Tribunal Constitucional español declara expresamente firme una parte de un laudo arbitral que había sido anulada, cerrando la puerta a nuevas revisiones por parte de los tribunales ordinarios.
  • La resolución fija un precedente para limitar el alcance con el que los tribunales españoles pueden revisar los laudos arbitrales y refuerza la firmeza del arbitraje en España.
  • La decisión pone de relieve la fricción existente entre la jurisdicción ordinaria de España y el Tribunal Constitucional respecto al margen admisible de intervención judicial en los resultados del arbitraje.

Fuentes

Artículos relacionados