Corte de Apelación de Nápoles: la falta de información sobre mediación permite anular el contrato abogado-cliente

By ADR Journal Editorial Desk Publicado Updated 1 fuente Italia

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Resumen

  • Corte de Apelación de Nápoles: la falta de información escrita sobre mediación del abogado permite anular el contrato de encargo.
  • La obligación aplica incluso para la mediación voluntaria; la omisión no tiene que afectar el resultado del litigio.
  • Tras la anulación, el abogado aún puede reclamar una compensación con base en principios de enriquecimiento injusto.

Resumen

La Corte de Apelación de Nápoles estableció que, si un abogado no facilita al cliente la información escrita sobre la opción de mediación, tal como exige la ley, esa omisión puede dar lugar a la anulación de su contrato de servicios.

La decisión abarca todas las formas de mediación, incluidas las hipótesis voluntarias, y afirma que no es necesario que la omisión tenga implicaciones procesales para que resulte aplicable la anulación.

El fallo confirma que la anulación del contrato profesional no impide al abogado solicitar una compensación mediante una reclamación por enriquecimiento injusto.

Qué pasó

Un abogado italiano solicitó el pago por servicios profesionales prestados en actuaciones ante la instancia de apelación y en un procedimiento de medida cautelar relacionado.

Sus clientes se opusieron, alegando que el abogado no cumplió con la obligación legal prevista en el artículo 4 del Decreto Legislativo 28/2010 de informarles por escrito, desde el inicio del encargo, sobre las posibilidades de mediación.

La Corte de Apelación de Nápoles consideró que la omisión no fue contestada por el abogado con pruebas suficientes, y que la obligación se aplica incluso si la mediación es solo un procedimiento voluntario.

El tribunal declaró anulable el contrato de servicios jurídicos por esa omisión, pero estimó la pretensión subsidiaria del abogado por enriquecimiento injusto, concediendo una indemnización equitativa por el valor del trabajo realizado.

Contexto

El derecho italiano (D.lgs. 28/2010) exige que los abogados informen formalmente a los clientes, al inicio del encargo, sobre la posibilidad y las ventajas de la mediación.

Las reformas recientes han confirmado la vigencia de esta obligación de notificación.

Por qué importa

  • La resolución reafirma que los abogados en Italia deben informar por escrito a sus clientes sobre las opciones de mediación con independencia de que la mediación sea o no obligatoria.
  • El incumplimiento expone a los abogados a la anulación del contrato y a una posible pérdida del honorario acordado, aunque siguen siendo posibles acciones por enriquecimiento injusto.
  • Esto podría incrementar el escrutinio sobre la manera en que los abogados gestionan la divulgación sobre mediación en los encargos legales.

Fuentes

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